Coronel Rafael Tejeda Baldera, vocero de la DIGESETT.
Asimismo, Tejeda Baldera expresó, que son exceptuados de esta prohibición las luces de alta luminosidad que son utilizadas de fábrica en el vehículo de motor en caso de niebla o lluvia.
En cuanto al uso deportivo y de recreación los usuarios deben de obtener autorización por medio de un permiso del Instituto de Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), teniendo en cuenta que el indicado permiso, no será válido para transitar en las vías públicas, carreteras, autopistas, avenidas, calles en zona rural o urbana donde deberán estar cubiertos por un protector que evite la emisión de las referidas luces en dichos lugares.
La DIGESETT, exhorta a toda la población que hace uso de estas luces de alta luminosidad, que tomen las medidas pertinentes, así evitan ser fiscalizados y el desmonte durante el proceso de las acciones institucionales.
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